
Protocolo general para la prevención del COVID-19
El desarrollo de este protocolo está enfocado en reducir las circunstancias que generen la transmisión del virus y el cual debe ser implementado por las empresas y sus trabajadores tanto del sector público como privado, para así poder realizar sus labores mientras dure esta emergencia.
Se debe tener en cuenta que cada sector, empresa o entidad deben realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad; además, deberán crear diferentes estrategias que aseguren un distanciamiento social y los debidos procesos de desinfección en el trabajo.
Responsabilidades del empleador
- Acoger, adaptar e implementar las normas de la Resolución 666.
- Capacitar a sus trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra las medidas indicadas en este protocolo.
- Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
- Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
- Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de COVID-19.
- Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención para brindar información de la enfermedad, con el fin de darla a conocer a sus trabajadores.
- Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
- Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar las medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades.
- Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.
- Promover el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella el estado de salud de los trabajadores.
Responsabilidades del empleador
- Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.
- Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia. Esto con el fin de que se adopten las medidas correspondientes.
- Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp.

El protocolo también determina que se deben fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e insumos de uso habitual, superficies, equipos de uso frecuente, el manejo de residuos producto de la actividad o sector, un adecuado uso de Elementos de Protección Personal-EPP y optimizar la ventilación del lugar y el cumplimiento de condiciones higiénicas sanitarias.
Se recomienda el uso de guantes al momento de realizar actividades de aseo o de manipulación de elementos como residuos. Para las otras actividades, el Ministerio de Salud y Protección Social determina el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables.
Si desea conocer el documento completo del protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del COVID-19 lo encuentra aquí.

Lea la nota original en en obra.com, En Obra. 2020. Colombia: Protocolo De Bioseguridad Para La Prevención Del Covid-19. (20 de mayo 2020).